Los Bed & Breakfast en Panamá son establecimientos que ofrecen alojamientos sencillos a precios moderados. En español quiere decir, “cama y desayuno”. Estos son hostales públicos, mundialmente conocimos como Bed & Breakfast, o en su forma abreviada B & B y tienen la peculiaridad que suelen ser casas en las que viven los propietarios y destinan una parte de la misma para alojar huéspedes ofreciéndoles el desayuno por un precio económico.
Panamá se ha convertido en un sitio turístico internacional y se sitúa como un lugar estratégico por su conectividad y posición geográfica, lo que posibilita el crecimiento de estos negocios que se desarrollan dentro del sector turismo.
¿Qué debe tener un Bed & Breakfast?
Según lo que establece nuestra legislación, los establecimientos denominados Bed & Breakfast deben contar con:
- Servicio diario de limpieza
- Servicios públicos básicos, tales como agua, luz y teléfono.
- Un (1) cuarto de baño básico por cada tres (3) habitaciones
- Tener área de cocina y lavandería.
- Designar área de estar común para los huéspedes.
- Un área de estacionamiento.
- Debe contar con un mínimo de tres (3) habitaciones y un máximo de nueve (9)
Estos establecimientos deberán mantener un registro de huéspedes en donde se identifiquen sus nombres, nacionalidades, documentos de identidad, domicilios habituales, fechas de ingreso, fechas de salida, números de habitaciones y tarifas aplicables.
Condiciones del área o uso de suelo para establecer un Bed & Breakfast
Los Bed & Breakfast en Panamá deben estar ubicados dentro de un área o zona donde por ley se permita realizar esta actividad comercial.
Por ende, los establecimientos denominados B & B, no deben estar ubicados en áreas cuya zonificación o uso de suelo sea exclusivamente de uso residencial, so pena de la cancelación del aviso de operaciones correspondiente y cierre del negocio.
Permiso de funcionamiento para Hospedajes Públicos
Para establecer un Bed & Breakfast en Panamá, se debe solicitar un permiso de funcionamiento para hospedajes o alojamientos públicos.
Entiéndase por hospedaje o alojamiento público el uso y goce pacífico, retribuido en dinero de habitación y servicios complementarios anexos de los establecimientos destinados a ese efecto, por lo que un Bed & Breakfast aplica dentro de esta categoría.
¿Qué autoridad emite el permiso para establecer un Bed & Breakfast en Panamá?
Es la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP) quien expide los permisos de funcionamiento para hospedajes públicos para establecer el Bed & Breakfast en Panamá, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Poder notariado otorgado al abogado por el Representante Legal
- Copia del Pacto Social y sus modificaciones debidamente notariado
- Certificado original de los directores y dignatarios, expedido por el Registro Público
- Certificado de propiedad original otorgada por el Registro Público vigente
- Copia del contrato de arrendamiento en caso que aplique
- Certificación del capital invertido, expedido por un contador público autorizado de Panamá
- Levantamiento de condiciones existentes (planta arquitectónica, elevaciones y secciones) con sus metros cuadrados de cada área por separado, por ejemplo: baños, guardarropa, habitaciones y áreas complementarias.
- Constancia de zonificación urbana emitida por la autoridad competente.
Todo memorial o solicitud debe estar dirigida al Administrador General de la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP).
¿Pueden los extranjeros dedicarse a esta actividad comercial?
Sí, ésta actividad comercial la pueden ejercer tanto los panameños como los extranjeros, quienes hacen uso de la sólida economía panameña para operar estos negocios y buscan sacar provecho de los innumerables destinos turísticos que nuestro país posee.
Establecer un bed & breakfast puede ser una gran oportunidad de negocios para emprender en Panamá con la asistencia legal correcta.
En nuestra firma de abogados ALEMÁN, CABALLERO & CANDANEDO contamos con abogados expertos que te asesorarán y guiarán en todo el proceso para establecer un Bed & Breakfast en Panamá. Contactanos a nuestro correo: info@acclawyers.com o los teléfonos 6673-3165 ó 6614-6583.