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AVISO DE OPERACIÓN

  • ¿Que es el aviso de operación?

El aviso de operación es el documento que necesitan las personas naturales o jurídicas para iniciar cualquier actividad comercial o industrial en Panamá. Es de carácter obligatorio y se encuentra regulado por la Ley No.5 de 11 de enero de 2007.

  • Requisitos

Los requisitos van a depender de la naturaleza del solicitante y de la actividad a la cual se va a dedicar.

  • Personas Naturales

Las personas naturales para solicitar un aviso de operación deberán tener: copia de cédula o pasaporte, un nombre comercial que no puede ser igual a otro ya existente, un domicilio y definir la actividad comercial a la cual se va a dedicar.

  • Personas Jurídicas

Para las personas jurídicas, que pueden ser sociedades anónimas o de otra índole, se necesita: Copia de cédula o pasaporte del representante legal de la sociedad, denominación comercial que igualmente no puede ser igual a una ya existente, los nombres de las personas que forman la Junta directiva de la sociedad, la dirección donde estará ubicado el negocio, la actividad comercial o industrial a desarrollar y el número de registro único del contribuyente.

  • ¿Dónde y cómo se obtiene el aviso de operación?

El aviso de operación tanto para personas naturales o jurídicas, se obtiene a través del sitio web: www.panamaemprende.gob.pa  del Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá.

Es un proceso rápido y fácil, que una vez creado su usuario y contraseña en la plataforma en línea www.panamaemprende.gob.pa es generado por el mismo usuario llenando el formulario y siguiendo los pasos que indica el sistema.

El aviso de operación tiene un costo de QUINCE DÓLARES (USD.15.00) para personas naturales y CINCUENTA Y CINCO DÓLARES (USD.55.00) para personas jurídicas. Estos pueden ser cancelados a través de tarjeta de crédito o en efectivo con un número de boleta en el Banco Nacional de Panamá, emitida por el propio sistema.

  • Importante saber sobre los avisos de operaciones una vez generados
  1. Los mismos deben estar en un lugar visible en el establecimiento donde se desarrolla la actividad comercial.
  2. Para realizar ciertas actividades comerciales, es necesario ser panameño, ya que se encuentran reservadas para ser ejercidas por panameños, como lo son por ejemplo el comercio al por menor.
  3. Antes de solicitarse es necesario que la persona natural o jurídica se encuentre previamente inscrita o afiliada a la Dirección General de Ingresos, para efectos de pagar los impuestos correspondientes.
  4. Para la emisión de ciertos avisos de operaciones que más abajo le detallamos es necesario tramitar en las instituciones del Estado que supervisa o regula la actividad comercial, una autorización para operar dicha actividad.
  5. La emisión del aviso de operaciones conlleva el pago de los impuestos municipales en el Municipio de la dirección de la empresa.
  6. Los avisos de operaciones pueden ser modificados en cualquier momento, ya sea porque cambiaron de actividad comercial o por cambios en la estructura jurídica de la sociedad titular del aviso de operación.
  • Actividades que deben ser autorizadas previamente a la emisión del Aviso de Operación, según la ley:
  1. Los establecimientos de alojamiento ocasional, casas de citas o de ocasión, clubes nocturnos, boites y cabarés.
  2. El expendio de bebidas alcohólicas.
  3. Las derivadas de contratos de concesión administrativa del Estado o de las autoridades locales, tales como transporte público, medios de comunicación y, en general, las relacionadas con los servicios públicos.
  4. Las reguladas como banca, empresas fiduciarias, seguros, reaseguros, bienes raíces, casas de empeño, casas de remesas de dinero, empresas financieras, casas de valores, asesores de inversiones, bolsas de valores y centrales de valores.
  5. Las casas de valores, asesores de inversiones, bolsas de valores y centrales de valores, los cuales requerirán la obtención de licencia obligatoria ante la Comisión Nacional de Valores de la República de Panamá.
  6. Los establecimientos farmacéuticos, los cuales deberán obtener adicionalmente una licencia ante la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud.
  7. Los hospitales, las instituciones hospitalarias y las clínicas, los cuales requerirán permiso previo por el Ministerio de Salud.
  8. La venta de armas, municiones, equipos y materiales relacionados, así como agencias de seguridad privada, las que requieren una licencia especial expedida por el Ministerio de Seguridad Pública
  9. Las de admisión, transporte y entrega de correos.
  10. Las relacionadas con situaciones de alto riesgo público por sus implicaciones a la salud, al medio ambiente o a la seguridad nacional. El Órgano Ejecutivo determinará cuáles son estas actividades.
  • Actividades que no requieren aviso de operación
  1. Las actividades de explotación agrícola, ganadera, apícola, avícola, acuícola, agroforestal o similares.
  2. La elaboración y venta de artesanías y otras industrias manuales o caseras, siempre que se utilice el trabajo asalariado de hasta cinco trabajadores.
  3. El ejercicio de actividades sin fines de lucro.
  4. El ejercicio de actividades que no sean actos de comercio ni actividades industriales, realizado por personas naturales o sociedades civiles.
  5. El ejercicio de profesiones liberales, a título individual o través de sociedades civiles, toda vez que no son consideradas acto de comercio.

Sin embargo, las personas que se dediquen a estas actividades podrán optar por el aviso de operación, para efectos formales.

  • Vigencia del Aviso de Operación

El aviso de operación no tiene una fecha de expiración, es decir que son otorgado por tiempo indefinido, y están sujetos a el tiempo de ejercicio de la actividad comercial por parte de la personas naturales o jurídicas a favor de la cual se emitió el mismo.

  • Causales de cancelación de los avisos de operaciones

El Ministerio de Comercio e Industrias, está facultado para ordenar el cierre del negocio, multar o sancionar a las personas naturales o jurídicas titulares de un aviso de operación que incurran en delitos o faltas administrativas contempladas en la ley.

Esperamos que este artículo sea de su utilidad. En Alemán, Caballero & Candanedo, estamos a la orden para brindarle la asesoría comercial que necesita para establecer su empresa , contáctanos!

 

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