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PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN PANAMÁ

La prima de antigüedad en Panamá es una suma de dinero que se le cancela a el trabajador, y a la cual tiene derecho al momento de terminar la relación laboral, cualquiera que sea su causa de terminación. Corresponde a una semana de salario por cada año laborado desde el inicio de la relación de trabajo.

La prima de antigüedad es uno de los derechos adquiridos por mandato de ley que surgen con la sola prestación del servicio y que no admite discusión alguna sobre su existencia.

Es un derecho irrenunciable

La ley enmarca a la prima de antigüedad como un derecho irrenunciable del trabajador,  por cuanto es nulo cualquier documento que exprese o implique la disminución, adulteración, dejación o renuncia de la prima de antigüedad.

Este carácter de “irrenunciable” está consagrado en la Constitución Nacional y en el Código de Trabajo.

¿Quienes tienen derecho a la prima de antigüedad?

El artículo 224 del Código de Trabajo establece que todos los trabajadores que cuenten con un contrato indefinido tienen derecho al pago de la prima de antigüedad, al momento de la terminación de la relación laboral por cualquiera que sea su causa.

La prima de antigüedad no aplica para trabajadores que hayan sido contratados a través de un contrato por tiempo definido o por obra determinada, indistintamente de su nacionalidad.

Prima de Antigüedad para funcionarios públicos

El artículo 10 de la Ley 23 de 12 de mayo de 2017 que se adicionó al artículo 137-B de la ley  9 de 1994,  establece que el servidor público permanente, transitorio o contingente o de Carrera Administrativa, cualquiera que sea la causa de su finalización de funciones, tendrá derecho a recibir una prima de antigüedad, a razón de una semana de salario por cada año laborado en la institución, desde el inicio de la relación permanente. En el caso que el año de servicio no se cumpliera entero desde el inicio de la relación o en los años subsiguientes, tendrá derecho a la parte proporcional correspondiente.

¿La Prima de Antigüedad aplica a extranjeros?

Todo extranjero en Panamá, indistintamente de su estatus migratorio, necesita la aprobación y expedición de un permiso de trabajo que le permita laborar en nuestro territorio.

Los permisos de trabajo son aprobados por un tiempo específico y mantienen una vigencia que influye en la forma en que el extranjero es contratado y por ende, el tipo de contrato que se le pueda aplicar.

La mayoría de estos extranjeros, cuentan con un contrato por tiempo definido o determinado, cuya fecha de finalización tiene que estar asociada por ley al vencimiento del permiso de trabajo.

La legislación panameña es clara al establecer que debe aplicarse a todos los trabajadores que cuenten con un contrato indefinido; por lo que el extranjero al estar sujeto a normas relacionadas a su estatus migratorio y laboral está exceptuado de esta norma.

Ahora bien, existen permisos de trabajo que autorizan al trabajador a laborar de forma indefinida; de ser este el caso, y el trabajador extranjero sea poseedor de este tipo de permiso y que adicional, cuente con un contrato de trabajo indefinido, entonces, sí existe la obligatoriedad de la empresa en cancelarle la prima de antigüedad.

¿Cómo se calcula la Prima de Antigüedad en Panamá?

Conforme a la norma legal, el trabajador tiene derecho a una semana de salario por cada año laborado, desde el inicio de su relación laboral o su parte proporcional en caso que el tiempo laborado fuere menor de un año.

La prima de antigüedad es un beneficio económico para los trabajadores al momento de la terminación de la relación laboral.

En Alemán, Caballero y Candanedo, somos expertos en derecho laboral y podemos asesorarle en el cálculo de la prima de antigüedad que le corresponda, contáctanos a: info@acclawyers.com

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