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NACIONALIDAD PANAMEÑA POR NATURALIZACION

Nacionalidad es el estado al que pertenece una persona que ha nacido en una nación determinada o bien que haya adquirido mediante un proceso de naturalización.

El artículo 8 de la Constitución Política de Panamá, establece que la nacionalidad panameña se adquiere de tres formas distintas, a saber:

  • Por el nacimiento
  • Por la naturalización
  • Por disposición Constitucional

En este artículo nos enfocaremos en el proceso necesario para obtener la nacionalidad panameña por naturalización.

¿Qué es el Proceso de Naturalización

El proceso de naturalización es aquel mediante el cual el extranjero puede adquirir la nacionalidad panameña, previo al estricto cumplimiento de una serie de requisitos y documentos que son exigidos por ley.

¿Quiénes pueden Naturalizarse en Panamá?

La Constitución Política de Panamá establece que para poder aplicar y obtener la nacionalidad por naturalización o Carta de Naturaleza, es necesario  y obligatorio estar dentro de los siguientes supuestos:

  • Extranjeros con cinco (5) años consecutivos de residencia permanente en el territorio de la República de Panamá.
  • Los Extranjeros con tres (3) años consecutivos de residencia permanente en el territorio de la República de Panamá, que tengan hijos nacidos en ésta, de padre o madre panameño/a; o con cónyuge de nacionalidad panameña.
  • Los nacionales por nacimiento, de España o de un Estado Latinoamericano, si llenan los mismos requisitos que en su país de origen se le exigen a los panameños para naturalizarse.

Requisitos:

El trámite para aplicar a la ciudadanía panameña debe contener lo siguientes documentos:

  1. Poder y Solicitud mediante abogado, el cual deberá llevar las formalidades que la ley así establece.
  2. Declaración Notarial Jurada
  3. Certificación de estatus migratorio
  4. Copia autenticada del carnet de residente permanente
  5. Certificado médico de buena salud
  6. Antecedentes penales de Panamá
  7. Solvencia económica del solicitante, que puede ser probada mediante cualquiera de los siguientes documentos: Declaración de Renta, Carta de trabajo y ficha de la Caja de Seguro Social, Carta de referencia bancaria de un banco de la localidad.
  8. Paz y salvo de renta nacional
  9. Copia completa del pasaporte autenticada por el cónsul o Embajada del país correspondiente con la debida certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  10. Fotos tamaño carnet ( las mujeres en ropa formal y los hombres en saco y corbata)
  11. Se deben aportar los documentos que sustentan el fundamento jurídico por el que se aplica para obtener la nacionalidad panameña.
  12. Examen de conocimientos generales de geografía e historia de Panamá, para lo cual se le dará una fecha y un temario para realizarlo.

Es importante recalcar que la declaración jurada debe realizarse ante Notario Público y debe contener  los motivos o razones de la petición, la renuncia expresa e irrevocable a la nacionalidad que ostenta (de origen o adquirida) y manifestar el deseo libre y espontáneo de acogerse a la nacionalidad panameña.

Procedimiento

Este es un proceso formal, el cual debe realizarse obligatoriamente mediante abogado.  Inicia en el Servicio Nacional de Migración, con la presentación de todos los requisitos.

El Servicio Nacional de Migración realizará una entrevista al solicitante con la finalidad de confirmar los motivos por los cuales desea obtener la naturalización.

Posteriormente, el solicitante es evaluado por los estamentos de seguridad nacional y por el Ministerio de Seguridad Pública.

Paralelamente, el solicitante deberá realizar un examen de conocimientos generales de geografía e historia de Panamá en el Tribunal Electoral de Panamá.

Cumplido lo anteriormente descrito, se confeccionará la carta de naturaleza la cual le otorgará la nacionalidad panameña por naturalización, esta es firmada por el Presidente de la República de Panamá y el solicitante será Juramentado por el Gobernador de la Provincia de Panamá, en un acto solemne.

Debido a lo importante del procedimiento y la verificación exhaustiva de los antecedentes de los solicitantes, el procedimiento para obtener la ciudadanía  puede tardar como mínimo un (1) año o más.

Residentes temporales no aplican a la Naturalización

Mantener una residencia temporal, provisional o ser parte de un programa especial migratorio como: Crisol de Razas, Regularización Migratoria, Refugiados, no les permite aplicar para este trámite y obtener la ciudadanía panameña.

Le recordamos que sólo aplican las personas con residencia permanente, debidamente aprobada por el Servicio Nacional de Migración.  Es decir, que si usted planea obtener la ciudadanía panameña por naturalización, deberá asesorarse con un especialista en derecho migratorio y manifestarle su deseo, para asegurarse que el permiso de residencia al que esté aplicando le otorgue este beneficio posteriormente.

Beneficios de Naturalizarse y obtener la Ciudadanía Panameña

  1. Pasaporte panameño, el cual le permite viajar a casi todos los países del mundo sin restricciones especiales, en virtud de la nacionalidad panameña.
  2. Cédula de identidad panameña, le otorga el beneficio de participar en las elecciones: ejercer el derecho a voto  e inclusive podrá aspirar a cargos de elección popular.
  3. Profesiones excluidas para ser ejercidas por extranjeros, con la naturalización usted podrá dedicarse y ejercer cualquier profesión en el territorio nacional.
  4. Becas para panameños, usted podrá participar y ser beneficiado con becas que sean destinadas para Panamá por cualquier organismo internacional u otros países con los que Panamá tenga convenios universitarios o de otra índole.
  5. Ejercer el comercio al detal o a el por menor, que actualmente por mandato constitucional es exclusivo para panameños.
  6. Impuestos, en cuanto a el tema fiscal si en su país de origen son más altos que en Panamá, puede considerar naturalizarse e igualmente tener su residencia fiscal.

Estos y otros beneficios son determinantes para que decida naturalizarse y obtener la ciudadanía panameña por naturalización.

En Alemán, Caballero y Candanedo, somos especialistas en derecho migratorio y lo asesoramos en todo el proceso. Contáctenos ya!

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