El Gobierno Nacional promulgó el Decreto Ejecutivo No. 74 del 31 de diciembre de 2021, mediante el cual se establecen ajustes al salario mínimo en Panamá en aquellas actividades que han presentado un nivel de recuperación en el año 2021 comparado con el 2019, tales como agricultura, pesca, ganadería, actividades de servicios sociales, financieros, salud privada, servicio doméstico, entre otros.
Todo trabajador tiene derecho a percibir un salario mínimo que cubra las necesidades normales del hogar, en el orden material, moral, cultural, el cual se fijará periódicamente con el fin de mejorar su nivel de vida.
El salario mínimo constituye la cantidad menor en dinero que debe pagar el empleador al trabajador, fijado por unidad de tiempo para la región, actividad o profesión de que se trate.
Nuestra legislación establece que los ajustes al salario mínimo en Panamá se realizarán periódicamente, por lo menos cada dos (2) años atendiendo a las recomendaciones del Órgano Ejecutivo.
El nuevo nivel salarial entrará en vigor en la segunda semana de enero y regirá por dos (2) años.
Existen también sectores comerciales que no tuvieron variación alguna en el salario mínimo tales como: hostelería, restaurantes, entretenimiento, artes, comercio al por mayor, comercio al por menor, entre los que se encuentran la mayoría de las pequeñas y medianas empresas del país, debido a que estas actividades comerciales han sufrido grandes afectaciones causadas por la pandemia de la COVID-19.
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