Panamá es uno de los países de América Latina con mayores opciones para obtener la residencia, ya que existen muchas categorías migratorias a las que pueden aplicar los extranjeros. Los trámites son bastante rápidos y expeditos, siempre que sean realizados por las personas idóneas y expertas. En virtud de nuestros conocimientos en materia migratoria le podemos dar las siguientes 5 recomendaciones para obtener la residencia en Panamá:
1. Contratar un abogado experto en derecho migratorio.
La mayoría de los trámites para obtener la residencia en Panamá requieren ser presentados mediante abogado, esto esta fundamentado en la ley que crea el Servicio Nacional de Migración (Decreto Ley No.3 de 22 de febrero de 2008) y en su reglamentación, específicamente en el artículo 15 del Decreto Ejecutivo 320 de 8 de agosto de 2008, que establece:
“Artículo 15. “toda solicitud de visa que se presente desde la República de Panamá ante el Servicio Nacional de Migración debe ser tramitada por Apoderado Legal debidamente acreditado por el Interesado”.
En los Decretos Ejecutivos que crean categorías migratorias posteriores también se establece como requisito indispensable el Poder mediante abogado. La excepción a esta regla son los trámites de estudiantes y los de Regularización Extraordinaria o los llamados crisoles de razas, donde no es obligatorio, al igual que las solicitudes de visas estampadas o autorizadas solicitadas desde las oficinas consulares de Panamá. Por lo cual es recomendable que siempre se asesore antes de su llegada a Panamá para que tenga conocimiento de todas las opciones que existen y cual es más favorable a su caso.
Como emigrante es importante que contrate a un asesor experto ya que esto le permitirá tener la paz y tranquilidad que necesitará para poder desarrollarse y ser más productivo en su nuevo país de residencia y así poder disfrutar de todas las bondades que ofrece este gran país.
Verificar la experiencia del abogado experto es importante y hoy en día lo puede hacer a través de internet, redes sociales, con amigos, conocidos y familiares. Esta recomendación lo ayudará a ahorrar tiempo y dinero en los trámites migratorios.
2. No tener antecedentes penales.
Para todas las solicitudes de permisos de residencia en Panamá de personas mayores de edad (18 años en adelante), es necesario presentar su certificado de antecedentes penales emitido dentro de los últimos seis (6) meses previos a la fecha de presentación.
Este término de vigencia es el general establecido por el Servicio Nacional de Migración.
Sin embargo, puede ser especial cuando dentro del texto de la certificación se señala que el certificado tendrá una vigencia menor como por ejemplo de dos (2) o tres (3) meses. Dicho certificado debe ser del país de origen del solicitante, pero también puede presentar el certificado de antecedentes penales expedido por el último país donde tenía residencia mínima de dos (2) años, siempre que dicha residencia sea acreditada. Inclusive puede presentarse el Record Policivo de Panamá, si la persona acredita que ha estado viviendo en Panamá por más de dos (2) años con residencia y que durante este tiempo no haya salido más de treinta (30) días del país.
En los casos que el solicitante tenga antecedentes penales por casos que no estén considerados como delitos en Panamá, debe hacerse una solicitud especial a el Servicio Nacional de Migración a fin de que emita criterio de aceptación o no de los antecedentes penales. Esto aplicaría por ejemplo en los casos de manejar en estado de ebriedad que en algunos países como en Estados Unidos y Europa se refleja en los antecedentes penales de sus ciudadanos. También se puede pedir una evaluación de casos no graves y queda a consideración del Servicio Nacional de Migración aceptar la solicitud de residencia en Panamá.
3. Tener pasaporte vigente.
Este es el documento con el cual se hacen todas las solicitudes de residencia en Panamá y el mismo debe tener una vigencia mínima de tres (3) meses al momento de presentar los requisitos ante el Servicio Nacional de Migración. La excepción a esta regla son los pasaportes de los ciudadanos venezolanos los cuales mediante Decreto Ejecutivo se le extendió la vigencia de los mismos hasta por el término de dos (2) años. Los pasaportes no pueden estar deteriorados o faltarle páginas, en cuyo caso no serán aceptados. Cuando se presentan los documentos el pasaporte es sellado y se le asigna un número de registro, el cual viene a ser el número que se utilizará internamente para darle seguimiento a todos los trámites que realice el extranjero en el Servicio Nacional de Migración. En caso que el extranjero pierda su pasaporte debe presentar la respectiva denuncia ante las autoridades competentes.
4. Justificar el motivo por el cual se pide la residencia en Panamá.
Este es el requisito base que le permitirá a su abogado experto en temas migratorios recomendarle la mejor opción para obtener la residencia en Panamá. Los motivos van desde tener un contrato de trabajo, por inversión en una empresa, por la compra de una propiedad, por estar casado con un panameño o panameña, por jubilación, entre otros. Es importante resaltar que se necesita justificar el motivo por el cual se pide la residencia en Panamá, nadie obtiene la residencia por el simple hecho de quererla, los extranjeros deben cumplir con los requisitos para enmarcar su estatus migratorio dentro de cualquiera de las categorías migratorias. Dependiendo de la razón por la cual pide la residencia en Panamá, esta podrá ser temporal o permanente. Las permanentes son aquellas que le otorgan a el solicitante un estatus migratorio indefinido y le permite aplicar a la naturalización convirtiéndose en ciudadanos panameños. Las residencias temporales son aquella que por el contrario otorgan un estatus temporal y tienen una estadía con fecha de expiración otorgado por el Servicio Nacional de Migración y no conceden permanencias, por ende, los extranjeros no llegan a aplicar para ser ciudadanos panameños.
5. Apostillar documentos provenientes del extranjero.
Todos los documentos que se deban presentar ante el Servicio Nacional de Migración deben venir apostillados o autenticados por el Cónsul de Panamá en el país en el que se expide. Los documentos que se solicitan como requisito son los que prueban los parentescos por consanguinidad o afinidad como los certificados de nacimiento, matrimonio, adopciones, uniones de hecho entre otros. Los títulos universitarios, pruebas de ingresos provenientes del extranjero. También los antecedentes penales expedidos en el extranjero sin excepciones deben ser apostillados o autenticados.
“La apostilla de La Haya es un método simplificado de legalización de documentos para efectos de verificar su autenticidad en el ámbito del derecho internacional privado. que reconoce la eficacia jurídica de un documento público emitido en otro país firmante de dicho Convenio. Este convenio regula el trámite de legalización única -denominada apostilla- que consiste en colocar sobre el propio documento público una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del Convenio y que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo. Los países firmantes del Convenio de Apostilla reconocen por consiguiente la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros países y llevan la Apostilla”.
Los documentos autenticados son los expedidos por una autoridad consular del país donde van a ser presentados (en este caso los consulados de Panamá). Estos documentos no requieren la apostilla para su valor, sin embargo, adicional a la autenticación del documento es necesario presentarlo a el Ministerio de Relaciones Exteriores en Panamá para certificar que la autoridad consular esta autorizada para firmar y completar de esta manera la formalidad de autenticidad del documento para ser presentado ante el Servicio Nacional de Migración.
Cualquier documento que proceda del extranjero y que deba ser presentado en el Servicio Nacional de Migración debe cumplir con este requisito.
Esperamos que estas 5 recomendaciones para obtener la residencia en Panamá de manera legal le sean de mucha utilidad.
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